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Preguntas Comunes Sobre el Fondo de Trabajadores Excluídos

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¿Qué es el Fondo para Trabajadores Excluídos?

  • El estado de Nueva York ha comprometido $2.1 billones de su presupuesto anual para ayudar a residentes del estado que perdieron ingresos o su trabajo durante la pandemia del coronavirus y no son elegibles para el fondo de desempleo estatal o pagos por impacto económico federal debido a su estado inmigratorio u otros factores.

¿Quién cualifica para el Fondo para Trabajadores Excludos?

  • Para cualificar el solicitante: (1) debe haber vivido en el estado de Nueva York antes del 27 de marzo de 2020, y haber continuado viviendo en Nueva York hasta el presente; (2) no ser elegible para seguro de desempleo de NY o ayudas  federales debido a su estado inmigratorio u otros factores; (3) haber tenido en ingresos relacionados con el trabajo menos de $ 26,208 en los 12 meses anteriores al comienzo del fondo; y (4)  haber perdido por lo menos el 50% de su ingreso del hogar o de sus ingresos relacionados con su trabajo desde la semana del  23 de febrero del 2020 debido a la pandemia de COVID-19; o venir de un hogar donde falleció o quedó descapacitado el sostén que aportaba por lo menos el 50% de ingresos del hogar.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para este fondo monetario?

  • El solicitante debe comprobar (1) su identidad, (2) que ha vivido en Nueva York desde del 27 de marzo del 2020 hasta el presente, (3) su historial de empleo.

¿Deben mis documentos ser en inglés?

  • Sí, todo documento que no esté en inglés debe ser acompañado por una copia certificada en inglés.

¿Mi hogar cualifica si el sostén principal de la familia  falleció o esta incapacitado? 

  • Sí, siempre y cuando el sostén del hogar que falleció o quedó incapacitado es mayor de 18 años y aportaba por lo menos 50% del ingreso del hogar.

¿Tendré que pagar impuestos sobre el dinero que recibiré del fondo monetario?

  • Sí. La deducción de impuesto dependerá si usted recibió la cantidad de  $15,600 o $3,200. 

¿Hasta cuándo puedo aplicar para el fondo monetario?

  • El fondo monetario estará abierto hasta que se agote el dinero disponible.

¿Hay que pagar para llenar la solicitud?

  • No, la aplicación es completamente gratuita.

¿Cómo se mantendrá segura y confidencial la información de los solicitantes?

  • Los formularios de solicitud NO incluirán documentos de identidad del solicitante ni nada sobre la ciudadanía o el estado inmigratorio del solicitante o la inelegibilidad para un Número de Seguro Social (SSN). Los documentos del solicitante solo se utilizarán para determinar la elegibilidad y no deben compartirse con nadie que no esté involucrado en el proceso de solicitud, a menos que sea para cumplir con una orden o mandato judicial. Existen sanciones penales por revelar información del solicitante a las autoridades de inmigración.

¿Habrá preguntas sobre mi estado inmigratorio o ciudadanía?

  • No. El estado de Nueva York ha comunicado que la solicitud no tendrá preguntas relacionadas al estado inmigratorio o ciudadanía del individuo aplicando al fondo.

¿Qué pasará si usé mi número de seguro social para declarar mis impuestos pero mi permiso de trabajo está vencido?

  • El criterio para determinar elegibilidad está basado en que el solicitante no pueda recibir ayuda a través del desempleo estatal o ayudas federal basado en su estado inmigratorio. El hecho de que tenga un número de seguro social no precluye su participación.

¿Cómo será proporcionado el pago?

  • El estado de Nueva York ha comunicado que los pagos del fondo se realizarán mediante un pago único en una tarjeta prepagada Visa® enviada por correo a la dirección proporcionada en su solicitud.

¿Habrá sanciones por enviar solicitudes fraudulentas?

Hacer una declaración falsa o presentar documentos falsos a sabiendas puede tener consecuencias graves. Alguien que sea condenado por este tipo de fraude puede ser condenado por un delito mayor además de tener que devolver todo el dinero recibido.

¿Puede un solicitante al que se le niegan los beneficios apelar la decisión?

  • Sí. Los solicitantes tienen 72 horas para seleccionar el botón "Apelar" para iniciar una apelación antes de que la determinación sea definitiva. Recibirá una notificación pidiéndole que proporcione información o documentos adicionales dentro de los 7 días calendario a partir de la fecha de la notificación.

¿Habrá una solicitud en papel?

  • No. El estado de Nueva York ha comunicado que el proceso de solicitud será únicamente por internet.

¿Necesito mi propio correo electrónico para este fondo?

  • Sí. Un correo electrónico propio será requerido para la solicitud. El estado se comunicará con el solicitante por ese medio para proveer información y para comunicarse con el solicitante.

¿Cuánto tiempo demora el estado para procesar la solicitud?

  • El estado de NY todavía no ha comunicado cuánto tiempo se demorará entregar los fondos a los solicitantes cualificantes.